
Reforma a la Ley de Consumidores de Nicaragua
El pasado 03 de febrero, la Asamblea Nacional aprobó en Nicaragua la reforma la Ley de Protección a los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias (Ley 842). Esta es la primera reforma a la ley publicada en julio del 2013.
Los principales cambios de esta reforma incluyen los siguientes aspectos:
La reforma también modifica disposiciones referentes a la regulación y supervisión de los proveedores de servicios financieros. En este sentido amplia las entidades reguladoras que aplicarán las disposiciones contenidas en la Ley 842, incluyendo el Banco Central de Nicaragua, ente regulador de servicios financieros como como remesas, compraventa y/o cambio de moneda, tecnología financiera y medios de pago.
Dentro de los cambios a la regulación de servicios financieros, se incluye como derecho de las personas consumidoras o usuarias, la obligación de los proveedores de fundamentar y notificar cualquier decisión relativa a negar o descontinuar la provisión de un servicio, así como en la obligación de restaurarlo, en los casos en que la autoridad resuelva que se ha violentado el derecho al consumidor.
Aún queda pendiente la publicación de esta reforma en la Gaceta, la modificación necesaria al reglamento y los entes reguladores que deberán adecuar sus normativas específicas o crear nueva normativa para lo relativo a la aplicación de estas nuevas disposiciones.
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