Se modifican y prorrogan las medidas administrativas temporales para la Dirección General de Migración y Extranjería.

– Cierre de fronteras internacionales: Costa Rica tendrá sus fronteras cerradas hasta el primero de agosto 2020.

– La Dirección General de Migración y Extranjería no recibirá solicitudes hasta el 18 de setiembre 2020:

1. Nuevas solicitudes de permanencia legal: No se recibirán nuevas solicitudes de permanencia legal, bajo cualquier categoría migratoria, hasta el 18 de setiembre 2020.

  • Plazos de vigencia para de los certificados de antecedentes penales, certificados de matrimonio y de nacimiento: se tendrán por prorrogados hasta el día 18 de noviembre 2020.

2. Citas para documentación por primera vez y renovación DIMEX para personas extranjeras: No se otorgarán citas para atención en la Dirección General de Migración y Extranjería. Las citas ya otorgadas a la fecha de la publicación de esta resolución serán reprogramadas para su atención a partir del 18 de setiembre 2020.

3. Citas para documentación de estancia por primera vez: Conforme al artículo 55 inciso b) del Reglamento de Extranjería (decreto Nº 37112-GOB), la resolución debidamente notificada mediante la cual esta Dirección General autorizó la subcategoría migratoria de Estancia será el documento que acredite su permanencia legal.

4. Permanencia legal autorizada bajo subcategoría turismo: Para todos los efectos, el plazo de permanencia legal autorizado a las personas extranjeras bajo la subcategoría migratoria de Turismo que ingresaran al país después del 17 de diciembre 2019, se prorroga hasta el día 18 de noviembre del 2020.

5. Prorroga de la vigencia de los documentos que acrediten la permanencia legal de personas extranjeras en el país (conocido como DIMEX): De manera excepcional y en razón de la emergencia nacional se prorrogan, conforme a lo siguientes:

  • La vigencia de los DIMEX Residencia Permanente: Se tendrán por prorrogadas hasta el 30 de setiembre 2020.
  • La vigencia de los DIMEX de las categorías migratorias de Residencia Temporal y Categorías Especiales, que hayan vencido con posterioridad al día 18 de diciembre de 2019: Se prorrogan hasta el día 30 de setiembre 2020.
  • La vigencia de los DIMEX bajo la categoría migratoria de No Residente, Subcategoría Estancia que hayan vencido con posterioridad al día 17 de marzo de 2020: Se prorroga hasta el día 18 de octubre de 2020. Las personas extranjeras a quienes les venciera la Estancia en fecha anterior al 17 de marzo y no hayan realizado los trámites para su renovación o cambio de categoría migratoria, deberán egresar del país.