La Corte de Constitucionalidad declaró sin lugar las acciones promovidas en contra del Reglamento del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el Trabajo a Tiempo Parcial emitido mediante el Acuerdo Gubernativo 89-2019 del Presidente de la República.

A continuación, respondemos a una serie de preguntas frecuentes sobre la contratación a tiempo parcial:

¿A partir de cuándo puedo iniciar la contratación de tiempo parcial y cuál debe ser la remuneración a este tipo de trabajadores?

Puede iniciar con este tipo de contratación de forma inmediata, ya que el Convenio y Reglamento se encuentran plenamente vigentes.

Respecto a la remuneración, el pago deberá realizarse por hora trabajada. Debe tomarse en cuenta que el pago por hora no podrá ser inferior al salarió mínimo vigente por hora, el cual es de Q11.27 (USD 1.45) para actividades agrícolas y Q11.61 (USD 1.50) para actividades no agrícolas. Debe tomar en cuenta que a esto debe sumarse la Bonificación Incentivo mensual conforme el Decreto 78-89, la cual no podrá ser proporcional.

¿Cómo debo formalizar la contratación a tiempo parcial, deberé cambiar algo más?

Al contratar a trabajadores en esta modalidad, deberá suscribir el contrato de trabajo correspondiente por escrito y registrarlo ante la Dirección General de Trabajo en el plazo indicado por la ley (15 días).

A largo plazo se deberá adecuar su Reglamento Interior de Trabajo, Políticas y normativas internas.

¿Cuántas horas debe laborar un empleado para poder ser contratado a tiempo parcial? ¿Existe el pago de horas extras?

Para acceder a la contratación a tiempo parcial, el trabajador deberá laborar menos de la cantidad de horas diarias establecidas para cada jornada. (Diurna, Nocturna o Mixta). Debe tomar en cuenta que cualquier hora que sea trabajada más allá del horario acordado será considerada hora extra y deberá ser pagada como tal.

¿Puedo trasladar a un trabajador de jornada completa a una jornada a tiempo parcial, y viceversa?

Si, es posible, debe cuidar de dejar constancia de la voluntad del trabajador de hacer el cambio, es decir su consentimiento, así mismo, deberá cumplir con los avisos y requisitos requeridos por la legislación y autoridades de trabajo para el efecto.

¿Qué prestaciones y derechos tienen los trabajadores a tiempo parcial? 

Este tipo de trabajadores tienen los mismos derechos y obligaciones de los trabajadores en jornada completa, y deberá pagárseles Vacaciones, Aguinaldo, Bono 14, Bonificación Incentivo, IGSS.

En BLP tenemos un equipo que le puede asistir con el proceso. Para más información contáctenos a [email protected] o al +502 2225 7000.