Mediante Decreto No. 51-2018 del 6 de junio de 2018 fue emitida la segunda Amnistía Aduanera y Tributaria del presente año, publicado en la edición del 6 de octubre de 2018 en el Diario Oficial La Gaceta; conteniendo los siguientes beneficios:

  1. Regularización Tributaria
  2. Amnistía Aduanera y Tributaria
  3. Amnistía Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS)
  4. Amnistía Telecomunicaciones
  5. Amnistía Vehicular
  6. Amnistía y Condonación a los Clientes de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE)
  7. Amnistía y Condonación a los Clientes del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcandantillados (SANAA)

El presente Decreto fue aprobado con el fin de beneficiar a ciudadanos obligados a pagar sin recargos o multas, deudas tales como Impuesto sobre la Renta (I.S.R.), Impuesto Sobre la Venta (I.S.V.), impuestos vehiculares y aduaneros.  A esta amnistía se puede acoger toda aquella persona natural o jurídica que tengan pendientes multas, recargos, o algún tipo de mora en sus obligaciones tributarias; asimismo fue aprobada la Regularización Tributaria de los años fiscales 2013, 2014, 2015, 2016, a la cual se podrá acoger cualquier persona natural o jurídica que no se encuentre en mora con el Fiso,  pagando el 1.5% del año con mayor ingreso bruto de los periodos anteriormente mencionados, cabe mencionar que anteriormente la amnistía abarcaba 5 periodos fiscales pero actualmente se ha excluido el periodo 2017. Es recomendado específicamente que los grandes contribuyentes se regularicen ya que ellos son quienes corren un mayor riesgo fiscal, y al realizar esta gestión estas grandes compañías se protegen de posibles auditorias que pretenda realizar la Administración Tributaria, las cuales por lo general conllevan a la imposición de ajustes millonarios.

El Presente Decreto tendrá una vigencia de sesenta (60) días hábiles a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”, a excepción del Articulo 9 del presente Decreto, cuya vigencia es de seis (6) meses a partir del día de su publicación.

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Autor:

BLP.